Octubre trae la autoliquidación del IVA del verano. Antes de abrir el formulario del modelo 303 en agricultura conviene resolver una duda que muchas guías pasan por alto: ¿le toca presentarlo? Depende del régimen de IVA de la explotación. Y también qué hay que revisar para cerrar el trimestre.
Plazo del modelo 303 del tercer trimestre: hasta el 20 de octubre
La Agencia Tributaria fija la presentación del tercer trimestre entre el 1 y el 20 de octubre. En 2026 el último día cae en martes. Si se domicilia el pago, el plazo se adelanta y termina el 15.
Retrasarse sale caro: sin requerimiento previo, el recargo es del 1 % más otro punto por cada mes completo de retraso durante el primer año.
En el País Vasco y Navarra, el IVA se gestiona ante las haciendas forales, que tienen sus propios formularios y calendarios. En Navarra, por ejemplo, la liquidación trimestral se hace con el modelo F69.
Antes de nada: ¿en qué régimen de IVA está su explotación?
Régimen especial agrario: sin 303 por esa actividad
Muchos agricultores que trabajan como personas físicas están en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP). En este régimen no se cobra IVA en las ventas ni se ingresa a Hacienda. A cambio, no se puede deducir el IVA pagado en abonos, gasóleo o reparaciones.
Para compensarlo, cobra a quien le compra un 12 % sobre el precio de venta de sus productos agrícolas. Funciona como un reembolso a tanto alzado: se calcula sobre la venta, no sobre el gasto real.
No hay 303 por estas operaciones, pero sí trabajo de cierre: guardar la copia del recibo que emite el comprador al pagar la compensación y recordar que, si se vende a otro agricultor del mismo régimen, no corresponde cobrarla.
Régimen general: sociedades, cooperativas y quien renuncia
Las sociedades mercantiles, las cooperativas y las sociedades agrarias de transformación no pueden acogerse al régimen agrario. Tampoco quien superó el año anterior el límite de operaciones que fija la norma (250.000 euros en las actividades del régimen). Todos ellos tributan en régimen general y presentan el 303 cada trimestre.
Un agricultor persona física también puede renunciar al régimen especial. Esa decisión le hace salir también de módulos en el IRPF y le obliga durante al menos tres años, así que conviene estudiarla con el asesor fiscal antes de dar el paso.
Explotaciones mixtas
Son más habituales de lo que parece. Por ejemplo, el agricultor en régimen especial que, además, alquila una nave o tiene otra actividad sujeta a IVA. Por esa segunda actividad presenta el 303. En el mismo formulario informa también de las ventas acogidas al régimen agrario, incluidas las compensaciones cobradas.
IVA trimestral del agricultor en régimen general: qué entra
La cuenta es la de cualquier empresa: IVA cobrado en las ventas menos IVA deducible de las compras. La particularidad aparece al comprar producto a agricultores del régimen especial.
Pongamos una cooperativa que en septiembre liquida 20.000 euros de uva a socios acogidos al REAGP. Les abona 2.400 euros de compensación. Esa cantidad se deduce en el 303 como si fuera IVA soportado, aplicando antes la prorrata si la cooperativa la tiene. Va en un apartado propio del formulario, que en el diseño actual de la AEAT es la casilla 42.
Hay un detalle que suele descuadrar el cierre: la compensación solo se puede deducir una vez pagada. Si la liquidación de septiembre se abona en octubre, esa deducción pasa al cuarto trimestre.
Si el resultado sale negativo, la diferencia se compensa en los trimestres siguientes. La devolución se pide en la declaración del cuarto trimestre, salvo que la empresa esté inscrita en el régimen de devolución mensual.
Checklist para el cierre contable del tercer trimestre
Con una semana de margen, esta revisión evita la mayoría de los problemas:
- Facturas emitidas y recibidas de julio a septiembre, todas contabilizadas y con la fecha de devengo correcta.
- Recibos de compensación del REAGP emitidos, con la copia entregada al agricultor y el pago registrado.
- Tipo de IVA de cada factura de insumos, maquinaria y servicios.
- Facturas rectificativas y abonos del periodo.
- Compras de bienes de inversión (un tractor, una instalación de riego) identificadas como tales.
- Conciliación bancaria cerrada a 30 de septiembre.
- Saldo a compensar que venga del segundo trimestre.
- Libros registro de IVA cuadrados con la contabilidad.
- Certificado digital o Cl@ve en vigor para la persona que vaya a presentar.
Cuando la contabilidad está integrada, el trimestre llega cuadrado
Casi todos los errores del 303 nacen antes de abrir el formulario: una factura sin registrar, una liquidación a socios que solo existe en una hoja de cálculo, un extracto sin conciliar. Si la facturación, las compras, los bancos y la contabilidad trabajan con los mismos datos, la autoliquidación parte de información ya revisada. Nada que reconstruir a mediados de octubre.
Ese es el planteamiento del Vertical Agrícola de ACBP sobre Sage 200. Integra la contabilidad con la gestión de la explotación, incluye conciliación bancaria y cartera de cobros y pagos, y ayuda a generar el modelo 303 con los datos del propio sistema. Si cada trimestre se le va una semana en cuadrar cifras, vale la pena conocer la contabilidad y finanzas del Vertical Agrícola antes del próximo cierre.